viernes, 5 de julio de 2013

Presentación de investigación de Nahum Sobrevilla


Presentación de investigación de Nahum Sobrevilla 

1.   Problema de Investigación


  la libertad de expresión se encuentra en el artículo 6to de nuestra constitución política de los estados unidos mexicanos este es un DERECHO fundamental que se encuentra en nuestra constitución el cual nos habla de que la manifestación de las ideas  y que estas no podrán ser objeto de alguna inquisición judicial o  administrativa, siempre y cuando este no dañe o falte a la moral  y el respeto de los derechos de los  demás individuos, que  no provoque algún delito ni perturbe  el orden público, el derecho a réplica tendrá que ser basado en los mismo lineamientos que el anterior. ya que de no ser a si esto nos podría causar un gran problema ya que todos tenemos diferentes formas de pensar y expresarnos  algunas personas podrían sentirse ofendidas o incomodas con los pensamientos de otros un ejemplo es lo que pasa hoy en día con la prensa ya que cotidiana mente sufren ataques o prohibiciones por ejercer un derecho que todos y cada uno de los mexicanos tenemos que es el de expresarnos,  lo cual viola nuestra constitución.
Carbonell (2004) también habla del tema y nos dice que  el primer texto de este articulo solamente va dirigido a las autoridades administrativas y judiciales pero no legislativas  y esta regulación es muy diferente a la que se encuentra en la primer enmienda de la constitución ya que este nos dice que  el congreso no hará ley alguna que corte  la libertad de palabra o imprenta. nos dice también que la libertad de expresión está incorporada en algunos tratados internacionales los cuales ya son contemplados como derechos humanos los tendríamos  que respetar y deberían entenderse como aplicables  a los poderes legislativos . este derecho es esencial o necesario para considerar que en algún país  hay democracia  ya que lograr que todas las personas participen en las discusiones públicas es uno de los bienes más preciados para una sociedad y constituye el presupuesto para la construcción de una racionalidad discursiva, ya que la libertad de expresión es la que genera la creación de la opinión
publica esencial para darle contenido a varios derechos fundamentales que se han generado como el derecho a la informática La existencia de una opinión publica robusta es una condición para el funcionamiento de la democracia  representativa.
En relación a lo anterior hoy encontramos que los principales referentes en la libertad de expresión son los medios de comunicación como ( radio, televisión, periódicos) estos en base a este derecho se encargan de expresar su forma de pensar con respecto a los problemas que suceden en nuestra sociedad y en el país, esto los llegaba a exponer ya que al expresarse en medios de comunicación son vistos, escuchados y leídos por muchas personas por lo cual esto puede ser algo riesgoso para ellos ya que hoy en día se han dado casos de periodistas que han sido censurados de maneras violentas como ¨secuestro, asesinatos, levantones, lesiones, amenazas, etc¨. Al grado de que nuestro estado es el primer lugar en el número de periodistas asesinados lo cual se ah llegado a considerar como un problema grave en la sociedad y para los medios de comunicación provocando esto que nuestras autoridades legislativas tomaran cartas en el asunto  creando la ley de protección a periodistas en el estado de Veracruz.
Esta ley nos hace referencia que  su objetivo fundamental es el establecimiento de un organismo especializado en la protección de los periodistas en el estado de veracuz. Para tales efectos se instaura La Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas, la cual es un organismo autónomo del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía técnica, presupuestal y de gestión, responsable de atender y proteger la integridad de los periodistas, así como de promover las condiciones para el libre ejercicio de la profesión del periodismo, con pleno respeto al derecho a la información y a la libertad de expresión.

Pregunta de Investigación
¿Cuáles son los instrumentos que establece la ley de  La Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas en el Estado de Veracruz como medio de protección de la libertad de expresión en el Estado de Veracruz?

2. Hipótesis de Trabajo

Con la creación de La Ley de la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas en el Estado de Veracruz. Se establecen una serie de instrumentos de protección y atención a los periodistas en el Estado de Veracruz, entre los cuales cabe resaltar primeramente, la creación de un organismos constitucional autónomo que tiende a establecer las medidas de atención o protección necesarias para prevenir la consumación de una amenaza o para enfrentar riesgos inminentes o agresiones contra la esfera jurídica de los periodistas, que sean consecuencia del ejercicio de su profesión; asi como Establecer los elementos objetivos necesarios para la debida evaluación del otorgamiento de las medidas de atención y protección, y la adopción de los criterios, lineamientos o protocolos aplicables a la salvaguarda de la esfera jurídica de los mismos. A partir de estos instrumentos se busca como finalidad el resguardo de los medios de información, de los sujetos que los ejercen, y en mayor medida al derecho fundamental de libertad de expresión y de imprenta.

3.           Justificación del Estudio



Para mi es importante estudiar este tema ya que el derecho a la libertad de expresión es un derecho fundamental que tenemos todos los seres humanos en este país y el cual utilizamos a diario al expresar nuestra forma de pensar este derecho es lo que hace que los medios de comunicación tengan  su principal fuente de trabajo ya que gracias a este derecho ellos pueden expresar sus opiniones acerca de temas de relevancia en el país esto se ah visto afectado en los últimos tiempos con las múltiples amenazas daños y mas agresiones que han sufrido estos periodistas y lo que es aun peor que el estado de Veracruz es el estado con mayor índice de crímenes contra periodistas por lo cual esto obligo a las  autoridades del estado a que crearan la  ley de  La Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas en el Estado de Veracruz la cual se encarga de proteger a los periodistas en nuestro estado con la finalidad de que ellos puedan seguir haciendo su trabajo ya que tiene un gran impacto social porque ellos son los que se encargan de informarnos lo que está pasando en nuestro país de  los asesinatos  y más problemas de nuestro país por lo cual me motivo hacer mi investigación sobre este tema


Objetivo General
Analizar los instrumentos de protección a los periodistas planteados por la  Ley de la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas en el Estado de Veracruz, como medio para garantizar la libertad de expresión en el estado de Veracruz.


Objetivos Específicos
1.- Estudiar de manera general  la libertad de expresión como derecho fundamental contenido en la carta magna mexicana de 1917 y en los tratados internacionales de los derechos humanos.

2.- Analizar la libertad de expresión dentro del contexto del estado de Veracruz , así como los delitos y las violaciones a dicho derecho fundamental dentro del citado territorio

3.- Demostrar que la ley  establece una serie de mecanismos de protección a la libertad de expresión mediante garantías de seguridad de los periodistas.

5. Bosquejo de los marcos de referencia

 

5.1 Conceptual


Derechos humanos Pérez luño citado por miguel Carbonell (2004) “señala que los derechos humanos son suelen venir entendidos como un conjunto de facultades e instituciones  que, en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional”
Derechos fundamentales “… todo derecho fundamental esta recogido en una “disposición de derecho fundamental”; una disposición de ese tipo es un enunciado previsto en la constitución o en los tratados internacionales que tipifican un derecho fundamental”
Garantías constitucionales “… Implican, no todo el variado sistema jurídico para la seguridad y eficacia del estado de  derechos del gobernado  frente al poder público. La relación entre ambos conceptos, “garantía individual” y “derecho del gobernado”, se deduce de la gestación parlamentaria del artículo primero de la constitución de 1857. Como es bien sabido, los contribuyentes de 56-57, influidos por la corriente jusnaturalista, consideraron que los derechos del hombre son aquellos que este recibe de dios (o como dijera mirabeau, “los que la justicia natural acuerda a todos los hombres”), y que, dada su amplitud y variedad, no era posible en marcar dentro de un catalogo. Por ello dichos constituyentes se concretaron a instituir las “garantías” que aseguran el goce de esos derechos, de tal suerte que al consagrar las propias garantías, en el fondo se reconoció el derecho respectivamente protegido o asegurado por ellas, estableciéndose así  la relación de que hemos hablado.
Derechos de libertad “…son las facultades reconocidas al individuo en todo estado de derecho, siendo la libertad una potestad compleja, esto es, presentando múltiples aspectos de aplicación y desarrollo, su implantación y reconocimiento por el orden jurídico constitucional se llevaron a cabo en relación con cada facultad libertaria especifica. Este método que se adopta por nuestra constitución, la cual no consagra una garantía genérica de libertad, como lo hacia la declaración francesa de 1789, si no que consiga varias libertades especificas a titulo de derechos subjetivos públicos
Libertad de expresión “… El individuo tiene la potestad jurídica de  hablar sobre cualquier materia sustentando cualquier criterio, sin que el estado y sus autoridades le impidan o le restrinjan ese derecho. Por consiguiente, la obligación estatal y autoritaria que se deriva de dicha garantía individual, estriba en una abstención de parte del sujeto pasivo de la relación jurídica respectiva, o sea en un no hacer, traducido en la no intromisión en la esfera del individuo cuyo contenido es la libre expresión eidética. El art.6 sobre este particular establece que la “manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa”.
Medios de comunicación “…Los medios de comunicación son canales artificiales que permiten la comunicación interpersonal entre emisor y receptor: el teléfono, teléfono celular, el correo de papel (la carta y el telegrama). También se pueden considerar como medios de comunicación personal la radio, internet (el chat), y la televisión, pues actualmente permiten establecer comunicación con el auditor, receptor y televidente de manera inmediata en el tiempo y en el espacio
Periodistas “… persona que se dedica al periodismo”
Periodismo “… actividad de informar a través de los medios de comunicación”
Censura “… Reprobación o juicio negativo de la conducta, forma de actuar de los demás”
Tratados internacionales “… son convenios o convenciones que suelen celebrar entre si dos o más países sobre diferentes cuestiones y materias. Pueden ser bilaterales o plurilaterales según el numero de estados que concurra en su concertación.



5.2 Teórico

De acuerdo con miguel Carbonell nos dice que la libertad de expresión es un derecho fundamental, el cual es la base de cualquier régimen democrático, que la libertad de expresión es una condición necesaria para que se pueda considerar que en determinado país hay democracia, en que  la posibilidad de que todas las personas participen en las discusiones públicas es uno de los bienes más preciados para una sociedad constituye el presupuesto necesario para la constitución de una racionalidad discursiva que permita la generación de consensos y la toma de decisiones entre los componentes de diferentes grupos sociales, pero también constituya un cauce para la expresión de los disensos, que en democracia son tan naturales como los acuerdos.


De acuerdo con el señor Alberto brunori La concentración de los poderes de los medios en pocas manos sugiere intensamente la necesidad de un mayor pluralismo y una mayor protección de la diversidad de opiniones, necesaria en una Saludable sociedad democrática. Los asesinatos y abusos no resueltos de periodistas contribuyen a un clima de impunidad que afecta el derecho de libre expresión. De la misma manera, hacen falta espacios genuinos para la expresión de la protesta social y de los disensos de parte de la sociedad
Civil.”


No hay comentarios:

Publicar un comentario