Presentación Alejandra Guerrero
REMINISCENCIA DE LA SEGURIDAD
2.1
GENERALIDADES DE LA SEGURIDAD
Durante tiempos muy
remotos, el principal objetivo del Estado ha sido garantizar la protección de
la esfera jurídica de los gobernados es decir proporcionarles seguridad para
que éstos puedan desarrollar plenamente su vida diaria.
Sin
embargo, el Estado ha ido tomando medidas tendientes a satisfacer ésta
necesidad de tipo primordial basándose en ciertas políticas dictadas en materia
de seguridad con la intromisión de las fuerzas castrenses, con el único fin de
combatir el fenómeno criminal y más específicamente el Narcotráfico; no
obstante, dichas estrategias se han convertido en un arma de doble filo al
poner en riesgo a la sociedad, vulnerando sus garantías debido a la
participación del Ejército y el uso de la fuerza del mismo.
2.1.1 Definición de
Seguridad
Una de las
principales preocupaciones de los seres humanos ha sido y será el poder ser
parte de una sociedad que asegure su protección con el único propósito de vivir
y desarrollarse plenamente. Con el fin de entender con mayor precisión lo que
implica la obligación del Estado como garante de la seguridad, es necesario
definir dicho concepto.
“El
término Seguridad proviene del latin securitis, que significa confianza,
tranquilidad de una persona, procedente de la idea de que no hay ningún peligro
que temer” (Ramirez;2003:1).
Según el Diccionario
de la Real Academia Española, es la “calidad de seguro”; en tanto que “seguro”
es definido como “libre o ausente de todo peligro, daño o riesgo”.
2.1.2 Características de
la Seguridad
Una vez definida a la
seguridad, es necesario considerar que ésta implica dos cuestiones de gran
importancia. Por una parte, se habla de una seguridad en la que tiene como
objeto inmediato la protección del individuo, y por otra, el deber y la
permanencia del Estado.
Pero,
¿Cómo debe de ser esa seguridad? ¿En qué se basará el Estado para llevarla a
cabo?.
De
acuerdo a Lozano citando a Jellinek, el Estado deberá tener como objetivos para
cumplir con sus funciones entorno a la seguridad, los siguientes:
a)
El bienestar del individuo y de la
colectividad, manteniendo y protegiendo su existencia.
b)
Asegurar la libertad, la seguridad
y mantenimiento de la vida del derecho.
c)
Darle a la comunidad condiciones
exteriores favorables bajo las cuales puedan desenvolverse algunas actividades
vitales que no están, ni pueden estar bajo la influencia directa del Estado,
como las artes, la moralidad, la ciencia, y el sentimiento religioso.
d)
Conservar, ordenar y fomentar las
manifestaciones sistemáticas de la vida solidaria de los hombres.
e)
Defensa del territorio contra
posibles ataques externos, propendiendo al mismo tiempo, por el prestigio
internacional.
f)
Asegurar los servicios públicos.
(Jellinek;1958) (Lozano; 2010:25)
Por
ello, es que nos referimos a una seguridad en cuánto al individuo y al entorno
en el que se desenvuelve, protegiéndolo a él en cuanto a su esfera de garantías
y al Estado como Nación.
2.2 MODALIDADES DE LA SEGURIDAD
Es necesario estudiar
las diversas acepciones que se hallan dentro del concepto de la seguridad, para
poder entender los distintos enfoques que tiene ésta en la sociedad.
La
primera modalidad es la Seguridad Pública, anteriormente desentrañamos el
sentido de lo que és la seguridad, por lo que ahora incorporaremos el término
de “público” a dicho concepto.
La
seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal,
los Estados y los Municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y
derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz
públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la
investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones
administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la
reinserción social del individuo, en términos de esta Ley, en las respectivas
competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. (Art.2 de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del
Sistema Nacional de Seguridad Pública).
Esto es, las acciones del
Estado son de orden público porque éstas deben ser a favor de todo el pueblo, y
dichas estrategias serán encaminadas a satisfacer la necesidad de salvaguardar
los intereses comunes de los gobernados. “El Estado no maneja nada en privado,
secreto, ignorado, familiar u oficioso” (Garnelo;1999:53).
Dicho sistema tiene como fin
primordial e inmediato la prevención del delito, así como ejecutar las medidas
pertinentes para el logro de sus objetivos.
La
segunda acepción es la llamada Seguridad Nacional, que conforme a la Ley de
Seguridad Nacional expedida el 31 de enero de 2005 por el ex Presidente Vicente
Fox Quesada, la define como:
Para efectos de esta Ley, por Seguridad Nacional se
entienden las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la
integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, que conlleven a:
La protección de la nación mexicana frente a las
amenazas y riesgos que enfrente nuestro país;
La preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa
del territorio; El
mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las
instituciones democráticas de gobierno; El mantenimiento de la unidad de las
partes integrantes de la Federación señaladas en el artículo 43 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; La defensa legítima del
Estado Mexicano respecto de otros Estados o sujetos de derecho internacional, y
la preservación de la democracia, fundada en el desarrollo económico social y
político del país y sus habitantes.(Art. 3 Ley de Seguridad Nacional)
Esto
es, el principal objeto del Estado como anteriormente se ha remarcado, es el
salvaguardar las garantías de los gobernados, sin embargo, pudiese haber
confusión en cuanto a ésta y la denominada seguridad pública, ya que si bien,
ambas tienen la misma directriz, ya que
los encargados de llevar a cabo dicho fin son las Fuerzas Armadas, y en la
Seguridad Pública consagra esa función en las autoridades civiles tal cual lo
demarca la Constitución Política De los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo
21.
La
Seguridad Nacional engloba una gama más diversa de actividades tendientes a
cumplir con la función estatal, como
actuar contra amenazas de tipo terroristas, sabotaje, terrorismo, rebelión,
traición a la patria, genocidio, delincuencia organizada e inclusive la lucha
contra el tráfico de armas de origen ilegal como lo marca el artículo 5° de la
Ley de Seguridad Nacional expedida por el Ex Presidente Vicente Fox Quesada.
Aquí de forma más
precisa la diferencia entre ambas:
Seguridad Nacional
|
Seguridad Pública
|
Mantener la
Unidad del Estado
|
Mantener la
Unidad de la Sociedad
|
Defender la
soberanía Nacional
|
Defender la
propiedad privada y la integridad física de los ciudadanos mediante
mecanismos de control penal.
|
Velar por un
desarrollo económico, social, político equitativo, así como garantizar la
convivencia pacífica y el orden público.
|
Es obligación
del Estado proteger a la ciudadanía mediante mecanismos de prevención del
delito y procuración de justicia.
|
Garantizar la
paz social
|
Garantizar la
convivencia pacifica y el orden público.
|
(Salazar;2008: 62)
La Tercera clasificación es la Seguridad Individual,
La Cuarta y última categorización es la Seguridad Jurídica
2.3 LA SEGURIDAD PÚBLICA EN MÉXICO
Si bien, se ha
hecho alución a las diferentes clasificaciones que podemos encontrar acerca de
la Seguridad; es necesario adoptar dicho concepto en Nuestro país y profundizar
en las características que tiene la misma, los alcances, las amenazas y el
marco jurídico que la norma.
2.3.1 CONCEPTO
En México, el
fenómeno de la inseguridad ha aumentado considerablemente y se ha posicionado
como uno de los problemas más importantes con los que tiene que lidiar el
Estado.
El
mapa de la delincuencia es cada día mas grave, en la cuál se encuentran
diversos fenómenos de criminalidad: secuestros, homicidios, trata de personas y
narcotráfico, tema del que se abordará más adelante.
La seguridad, es
lo mínimo que debe de garantizar la Soberanía del Estado ya que velará por la
protección de las personas, la propiedad y las instituciones democráticas políticas,
así como las amenazas internas y externas, para cumplir con los requisitos del
llamado “Estado de Derecho”.
Citando a Lozano,
“El Estado de derecho, se ha construido para atender a fines sociales, no para
servir a una casta, a una clase o a un grupo privilegiado, que al asumir el
poder, desvirtúa la auténtica naturaleza de la institución” (Lozano; 2010: 24).
2.3.2 Bien jurídico Tutelado
La
seguridad pública busca básicamente la protección de los gobernados en cuanto a
su persona y a sus bienes, es decir, tiene como principal objetivo sustancial
la salvaguardia de los individuos frente a las amenazas y peligros, buscando
evitar posibles violaciones a sus garantías, en virtud de lo cual se pretende
incorporar condiciones idóneas para mantener el control social.
La seguridad pública se ocupará de proteger los Bienes jurídicos del
Gobernado, las Instituciones políticas, la democracia y el Estado de Derecho.
“Las
garantías individuales están consagradas por Nuestra Carga Magna y por lo tanto
están investidas de los principios esenciales que caracterizan el Cuerpo
Normativo Supremo”. (Ramirez: 2003:32). El Gobernado, quien es titular de esos
derechos, tiene el goce y el disfrute de éstos de manera inmediata frente al
Estado, por lo que éste mismo tiene la obligación de hacerlos valer.
Ahora bien, es necesario que para el ejercicio de dichas garantías
individuales, ahora llamados Derechos Humanos, haciendo referencia a la Reforma
llevada a cabo en el mes de Junio del 2011, debe existir un mínimo de Seguridad
Pública. De esta guisa, en tanto no exista una seguridad pública, no habrá
posibilidad de que todos los gobernados puedan gozar del ejercicio de las
mismas.
2.3.4 Marco Jurídico
La Seguridad Pública en
nuestro país, se encuentra fundamentada en diversos cuerpos normativos.
a) En el orden federal, en La Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, se encuentra en los Artículos 18, 21 párrafo 4° y 5°, artículo 4°
párrafo primero, artículo 73 Fracción XVIII, Artículo 115 Fracción III, Artículio
116 párrafo último, en el Artículo 123
apartado B Fracción XIII y el 124.
Artículo 18. Solo por Delito que merezca pena corporal habrá lugar a prisión
preventiva. El sitio de ésta será distinto del que destinaré para la extinción
de las penas y estarán completamente separados.
Este artículo estipula que
los Gobiernos de la Federación y los Estados organizarán el sistema penal, en
sus respectivas jurisdicciones, así como
del traslado de reos mexicanos en el extranjero al país para cumplir con sus
penas.
Artículo 21. Como lo he mencionado anteriormente, éste artículo destaca sobre quién
recae la seguridad pública, así como la investigación y persecución de delitos
y sanción de los mismos.
“La actuación de las instituciones de
seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad,
eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos
reconocidos en esta Constitución.”
Artículo. 73. Facultades del congreso. ¿Porqué tiene importancia en relación a la
Seguridad Pública?.
Fracción XXIII. Para expedir leyes que establezcan
las bases de coordinación entre la Federación, El Distrito Federal, Los Estados
y los Municipios, en materia de Seguridad Pública así como para organización y
funcionamiento, el ingreso, selección, promoción y reconocimiento de los
integrantes de las instituciones de Seguridad Publica en el ámbito Federal.
Esto, es el congreso tendrá
la autoridad para la realización de leyes que rijan en cuestiones de seguridad
pública en los distintos niveles de gobierno.
Artículo. 115. Los Estados adoptarán para su
régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular
teniendo como base de su división territorial y de su organización política y
administrativa, el Municipio Libre.
En su Fracción III, destaca
que los Municipios tienen a su cargo, entre otras, el ejercicio de la seguridad
pública en el siguiente insciso:
h) Seguridad Pública y Tránsito. Los Municipios de un mismo Estado, previo
acuerdo entre Ayuntamiento y con sujeción a la ley, podrán coordinarse y
asociarse para la más eficaz presentación de los servicios públicos.
En su Fracción VII. El
ejecutivo Federal y los Gobernadores de los Estados tendrán el mando de la
Fuerza Pública en los Municipios donde residieren habitual o transitoriamente.
Artículo 116, último
párrafo. Los Estados estarán facultados para celebrar
esos convenios con sus municipios a efecto de que ellos asuman la presentación
de los servicios o la atención de sus funciones.
Artículo 123, Apartado B
Fracción XIII. Los militares, marinos y miembros
de los cuerpos de Seguridad Pública, así como el personal de servicios del
Exterior, se regirán por sus propias leyes.
Artículo 124. Las Facultades que no estén expresamente concedidas por la Constitución
de los Estados Unidos Mexicanos, a los funcionarios federales se entiende que
serán reservadas a los Estados.
b) Ley General que establece las bases de coordinación del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
La presente Ley es reglamentaria del artículo 21 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Seguridad Pública y
tiene por objeto regular la integración, organización y funcionamiento del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como establecer la distribución de
competencias y las bases de coordinación entre la Federación, los Estados, el
Distrito Federal y los Municipios, en esta materia.( Art. 1° Ley General que
establece las bases de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.)
Los Artículos que se
refieren con objetividad a las bases de coordinación en este sistema son, el
1°,4°,9°,10°,12°,13° y 18°. A continuación trascribiré parte de éstos.
Artículo 4.- El Sistema
Nacional de Seguridad Pública contará para su funcionamiento y operación con
las instancias, instrumentos, políticas, acciones y servicios previstos en la
presente Ley, tendientes a cumplir los fines de la Seguridad Pública.
La coordinación en un marco de respeto a las
atribuciones entre las instancias de la Federación, los Estados, el Distrito
Federal y los Municipios, será el eje del Sistema Nacional de Seguridad
Pública.
Artículo 9.- Las
Conferencias Nacionales, los consejos locales y demás instancias del Sistema,
observarán lo dispuesto en las resoluciones y acuerdos generales que emita el
Consejo Nacional.
En caso de contradicción entre las resoluciones y
acuerdos generales adoptados por las conferencias, el Consejo Nacional
determinará la que deba prevalecer.
Artículo 10.- El Sistema se
integrará por:
I. El
Consejo Nacional de Seguridad Pública, que será la instancia superior de
coordinación y definición de políticas públicas;
II. La
Conferencia Nacional de Procuración de Justicia;
III. La
Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública o sus equivalentes;
IV. La
Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario;
V. La
Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal;
VI. Los
Consejos Locales e Instancias Regionales, y
VII. El
Secretariado Ejecutivo del Sistema. El Poder Judicial de la Federación y los
Tribunales Superiores de Justicia contribuirán con las instancias que integran
el sistema, en la formulación de estudios, lineamientos e implementación de
acciones que permitan alcanzar los fines de la seguridad pública.
El Poder Judicial de la
Federación y los Tribunales Superiores de Justicia contribuirán con las
instancias que integran el sistema, en la formulación de estudios, lineamientos
e implementación de acciones que permitan alcanzar los fines de la seguridad
pública.
Artículo 13.- El personal de
confianza de las unidades administrativas del Sistema, del Secretariado
Ejecutivo, de los Centros Nacionales, incluso sus titulares y de las
dependencias que presten asesoría en materia operativa, técnica y jurídica a
los integrantes del Consejo Nacional, se considerará personal de seguridad
pública y será de libre designación y remoción; se sujetarán a las evaluaciones
de certificación y control de confianza. Para tal efecto, se emitirá el Acuerdo
respectivo por el que se determinen dichas unidades administrativas.
Artículo 18. En este apartado, hace mención de las facultades que
tiene el ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública, en funciones de proporcionar las medidas
necesarias para garantizar el adecuado funcionamiento del Sistema.
c) Orden Estatal.
Constitución Política de los Estados..- Garantiza los derechos de las personas y
define las responsabilidades y obligaciones de los habitantes del estado, como
las autoridades estatales y municipales, mencionan la manera en que el estado
organizará la Seguridad Pública (Martínez;1999:72)
Leyes Orgánicas Municipales.- Define las
atribuciones de los ayuntamientos para el ejercicio de sus facultades y la
correcta prestación de servicios correspondientes a la Seguridad Pública.
Leyes de Seguridad Pública Estatales.- Establecen las bases bajo las cuáles funcionarán,
se coordinarán y tendrán competencia los órganos de Seguridad Pública del
Estado y Municipios.
Legislación Penal Estatal.- Reglamenta las conductas delictivas, procedimientos y
autoridades encargadas de la persecución de las mismas así como sus sanciones.
d) Orden Municipal
Bando de Policia y Buen Gobierno.- Propio de Cada
municipio define las bases para el establecimiento del gobierno municipal y de
sus acciones, así como los órganos
enmarcados de los servicios públicos y funciones administrativas entre las que
se encuentra la Seguridad Pública Municipal.
Reglamento de Seguridad Pública.- Ordenamiento que es
de complemento del anterior mencionado en el cuál se establecen las facultades
del ayuntamiento para regular el orden público.
Reglamento Interior de la Policía Municipal. Establece
funciones y rangos de jerarquía del cuerpo de policía, así como los principios
bajo los cuáles deben de operar.
2.3.5 Amenazas
“El
riesgo está asociado al temor de sufrir un daño o una afectación de algún tipo.
Se refiere a una situación potencial, necesariamente negativa en esta
perspectiva, se entiende la preocupación del hombre frente a lo desconocido.”
(Polina;2007:75) Esto es , el sentimiento de inseguridad se presenta cuando el individuo deja de confiar
en las acciones del Estado encargadas de la protección del gobernado.
El
problema de la inseguridad se relaciona directamente con la democracia, ya que,
los regímenes democráticos no han podido defender a sus ciudadanos del
deterioro tanto económico como de inseguridad que se presentan; según la
encuesta anual Latibarómetro (2010).
Esto significa, que el proceso de la
democracia solo podrá existir si hay un ambiente de seguridad mínima para que
el individuo pueda desarrollarse sin temor a que su integridad sufra
menoscabos.
En
México, la mayor amenaza que se presenta, es que el pueblo ha despertado con
sed de tener una vida más plena, no sólo existe una crisis económica, si no
menos oportunidades de trabajo y una grave inestabilidad política, además
muchísima inseguridad.
“…….el
individuo permite al Estado el monopolio de la fuerza y el uso de armas a
cambio de protegerlo de todo tipo de amenazas, ya sea de aquellas que atentan
directamente contra su integridad física, la integridad territorial, o la
calidad de vida de éstos ciudadanos” (Salazar;2008:57).
Con
base a lo anterior mencionado, encontramos que en el desempeño de sus funciones
el Estado también cae en procesos antidemocráticos puesto que el uso excesivo
de la fuerza coercitiva vulnera los derechos humanos de los gobernados; por lo
que con dichas acciones el Estado carece de capacidad para resolver las
amenazas que preocupan a la sociedad.
El
panorama que vive hoy en día nuestro país, es propio de una denominada Sociedad
en riesgo.
“La
sociedad en riesgo, se caracteriza esencialmente por una carencia: la
imposibilidad de prever externamente las situaciones de peligro.”
(Ulrich;1998:280).
Esto
sucedió, debido a las Políticas Criminales que el Ex presidente Felipe Calderón
Hinojosa expidió durante su sexenio (2006-2012), en el cuál estableció la
incorporación de las Fuerzas Armadas en el proceso contra la lucha del
Narcotráfico, y que sin embargo, ha producido daños colaterales entre el pueblo
mexicano.
“Lograr
u nivel aceptable de seguridad pública, implica una condición socialmente
aceptable de paz pública, de tranquilidad social y de confianza en la capacidad
institucional de gobernar los espacios de la vida pública” (Polina:2007:78).
Es
por ello, que dentro de un gobierno de naturaleza democrática no se puede
admitir de ninguna manera, decisiones de tipo unilaterales por parte del Estado
para combatir los grandes problemas que aquejan a la sociedad, es necesario que
se coadyuve con factores sociales en pro de la realización de los objetivos
propios de la Seguridad Pública.
2.3.6 Acciones estatales
En
el primer eje “Estado de Derecho y Seguridad” del Plan Nacional de Desarrollo
del sexenio del Ex Presidente Felipe Calderón Hinojosa 2007-2012,
establece objetivos y
estrategias para garantizar la plena vigencia del Estado de Derecho, lo que es
necesario para proteger cabalmente la integridad y los derechos de las
personas.
La población se encuentra
en una situación de desconfianza ante las acciones que las autoridades han
llevado a cabo para el combate de la delincuencia.
El sistema de
procuración e impartición de justicia, ha ido evolucionando dándole al Poder
Judicial mayor independencia, sin embargo fenómenos como la impunidad, la
corrupción y la violación de los derechos humanos son prácticas lesivas
vulneran el Estado de Derecho.
El narcotráfico es una
de las manifestaciones más lesivas de la delincuencia organizada, no sólo por
los altos niveles de violencia que implica, sino también por la amenaza que
representa a la salud física, emocional y moral de un importante número de
mexicanos.
México
necesita leyes que ayuden a perseguir y encarcelar a los delincuentes, para que
los encargados de hacer valer el Estado de Derecho actúen con firmeza y con
honradez, sin permitir que ningún acto ilícito quede en la impunidad.
De
acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, se tienen que tomar en
cuenta los siguientes rubros para ejercitar acciones contra la criminalidad en
nuestro país.
- Certeza Jurídica
- Procuración e
Impartición de Justicia
o
Modernizar
el sistema de justicia penal encaminado a lograr un marco normativo que garantice
justicia pronta y eficaz:
Hacer más eficientes los sistemas y procedimientos utilizados por los
ministerios públicos, así como fortalecer la investigación ministerial y
policial para elevar el nivel de eficacia en la integración de la averiguación
previa.
o Establecer
más y mejores instrumentos para la impartición de justicia en los delitos
asociados con la delincuencia organizada.
o Garantizar
mejores condiciones para la presentación de denuncias a las víctimas de los
delitos.
- Promover la implementación gradual de juicios orales.
La
impartición de justicia en México se da a través de un proceso lento,
ineficiente e impersonal basado en la integración de expedientes escritos que
daña los intereses y derechos tanto de quien comete un delito como de quien lo
padece.
o Impulsar
reformas procesales para hacer más expedita la aplicación de la justicia.
- Fomentar la reducción
de litigios mediante la implementación de medios alternativos de
resolución de conflictos.
Los litigios representan un costo económico y
social elevado para el Estado.
·
Combatir la impunidad para disminuir los niveles de
incidencia delictiva.
·
Fortalecer el sistema penitenciario para garantizar
que se haga respetar la ley y se apoye la readaptación social de manera
eficaz.
- Establecer
mecanismos y procesos que permitan conocer sistemáticamente las
características y patrones del fenómeno delictivo en México, y aseguren la
disponibilidad de información confiable y oportuna.
2.4 Seguridad Nacional en México
2.4.1
Concepto
El concepto de Seguridad
Nacional se comenzó a utilizar a fines de la Segunda Guerra Mundial, es una
noción
2.4.2
Bien jurídico Tutelado
2.4.3
Marco Jurídico
2.4.4
Amenazas
2.4.5
Acciones estatales